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Beneficios Fiscales

Como socio o donante de Estrella de la Mañana tienes derecho a deducirte tus donaciones en la declaración de la renta 1.

Personas físicas (IRPF)

  • Hasta 150 euros de donación te desgravarás el 80%. Por ejemplo si donas 150 euros, te desgravarás 120 euros en la declaración.
  • A partir de 150 euros, se aplicará el 35% en la declaración si es tu primera donación y el 40% si llevas más de 3 años colaborando con Estrella de la Mañana 2. Por ejemplo, si donas 300 euros te desgravarás 172,5 euros en la declaración (120 € por los primeros 150 € donados y 52,5 € por los otros 150 €) ó 180 € si has donado a Estella de la mañana también en los tres años anteriores (120 € por los primeros 150 € donados y 60 € por los otros 150 €).

Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)

  • Te desgravarás el 40% en la declaración si has donado en los dos ejercicios anteriores a Estrella de la Mañana o un 35% si es la primera donación.

Notas

1 Límite deducción base liquidable 10%

2 Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

* Esta mejora fiscal no aplica al País Vasco ni a Navarra, que mantienen una deducción del 20% y del 25% respectivamente del total aportado.

Importante: para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donaciones es imprescindible que nos facilites tu DNI o NIF y domicilio al realizar la donación. Puedes hacerlo rellenado los campos del formulario o enviarnos un email a info@estrelladelamanana.org